Artículo 1º El Club Ciclista "LOS PIFLO" de Málaga, tiene como objetivo principal la práctica y fomento del ciclismo en todas sus modalidades.
Articulo 2º Los socios se comprometen a aceptar y asumir los acuerdos acordados por la mayoría de los miembros del club.
Artículo 3º Los socios asumen el compromiso de contribuir a la buena imagen del Club y no podrán actuar de forma que generen perjuicio económico o de otro tipo, especialmente haciendo publicidad negativa del mismo
Artículo 4º Se permitirá la asistencia a actividades del Club de aquéllas personas que no siendo socios estén interesados en formar parte del mismo. Su participación será en calidad de prueba deberán aceptar la normas y obligaciones establecidas en el club. Esta asistencia debe ser comunicada al responsable de la actividad. Podrán pertenecer al club y participar en sus salidas las personas mayores de edad, siendo posible la participación de menores de edad que hayan cumplido dieciséis años siempre que acrediten una autorización de sus padres o representante legal.
Artículo 5º No está permitida la realización de actividades de Club o con el nombre del mismo que no hayan sido aprobadas previamente por la Junta Directiva.
Artículo 6º Las rutas o salidas a realizar por el Club deberán ser las recogidas en la página Web oficial del club y/o en hoja de ruta repartida a los componentes del club, en la que figurará, día, hora, recorrido y puntos de parada.
Artículo 7º Cada salida contara con dos rutas A y B con diferente dificultad, para que cualquier componente del grupo, pueda libremente optar por recorrer una u otra dependiendo de su estado de forma, desarrollo de la etapa, etc.
Articulo 8º En cada salida los componentes del grupo que por cualquier circunstancia no piensen realizar la ruta programada volviéndose antes o utilizando distinto camino, deben de comunicarlo al grupo, con objeto de evitar esperas innecesarias.
Artículo 9º El grupo velara porque ningún compañero de salida se extravíe, ni se quede solo en la ruta, por lo que cualquier componente del grupo que observe el descuelgue de cualquier miembro deberá comunicarlo lo antes posible con objeto de aminorar la velocidad o incluso detener la marcha hasta que se incorpore al grupo.
Artículo 10º Todos los socios que participen en las rutas oficiales del Club deben colaborar para el correcto desarrollo de las mismas, siguiendo en todo momento las indicaciones del Jefe de Etapa y llevando un ritmo adecuado para mantener el orden del grupo.
En los casos de averías o pinchazos, en los tramos que no sean libres se detendrá el grupo (donde no se obstaculice la circulación) hasta la reparación de la incidencia.Artículo 11º Los socios participantes no podrán imponer un cambio en la ruta a seguir, salvo consentimiento del Jefe de Etapa.
Artículo 12º La utilización de la equipación del Club es obligatoria en todas las actividades en las que participe el Club de forma oficial, así como en las rutas oficiales del Calendario.
Artículo 13º Es obligatorio el uso del casco como estipula el Código de Circulación de Tráfico.
Artículo 14º Además de los elementos de seguridad, cada participante debe ocuparse de que su bicicleta esté en buen estado mecánico para la ruta. Habrá de portar un equipo básico compuesto de agua y alimentos adecuados a la duración y dureza de la ruta, así como los útiles mínimos necesarios para reparación: bomba de inflar cámaras de repuesto, siendo también recomendable multiherramienta, troncha cadenas y teléfono móvil.
Artículo15º Cuando el grupo circule por vías urbanas e interurbanas se hará cumplir estrictamente las normas establecidas en la Legislación Vigente Ley de Tráfico y Código de Circulación(Real Decreto 1428/2003 de 21 de noviembre).
Artículo 16º Todos los asistentes a las actividades organizadas por el Club deben respetar la Naturaleza, no arrojando basura y evitando el deterioro en el medio ambiente.
Artículo 17º Con el fin de que el Club pueda desarrollar su actividad, los socios deberán aportar una cuota (cuando así se acuerde) por uniformidad, documentación y trámites burocráticos cuyo importe y plazo será decidido por Asamblea General.
Artículo 18º El pago de la cuota no incluye seguro de accidentes ni responsabilidad civil para los participantes, siendo responsabilidad exclusiva del socio la cobertura de los riesgos derivados de la práctica de la actividad deportiva. Para ello el Club recomienda la obtención de la Licencia Federativa, para lo que facilitará al socio las indicaciones e información para los trámites necesarios para la obtención.
Artículo 19º Toda persona interesada en ser miembro del Club debe ser presentado y avalado por al menos un miembro del club además de conocer las normas aquí recogidas y aceptarlas en su totalidad. En el momento que formalice su peticion oficial de ingreso en el mismo, debera llevar un mínimo de Tres meses participando en las salidas del club. En el caso de menores de edad con más de 16 años de edad, deberán presentar una autorización paterna o de su legal representante o tutor etc. Cumplidos los requisitos anteriormente expuesto deberá ser estudiada y aceptada dicha solicitud por la Junta directiva del club y se le comunicara la resolución adoptada.
Artículo 20.- El Club está conformado, además de por sus socios, por el conjunto de bienes que pueda poseer en cada momento o le sean confiados, cedidos o donados o adquiridos para el desarrollo de su actividad, correspondiendo la gestión sobre el uso y destino de dichos bienes a la Junta Directiva, sin perjuicio del deber que tienen todos los socios de respetar y conservar el patrimonio del Club procurando su máximo aprovechamiento.
Artículo 21º Comité de Disciplina; elegido anualmente en Asamblea General será el encargado de ejercer la política disciplinaria sobre todos los socios del Club y las personas que formen parte de su Estructura Orgánica, todo ello de conformidad con lo establecido en los Estatutos.
Estará formado por un Presidente, dos Vocales y formara parte del mismo el Secretario tesorero del Club con voz pero sin voto.Artículo 22º Faltas: Se considerarán faltas o infracciones leves las acciones u omisiones que contravengan las normas recogidas en los Estatutos, en el Reglamento Interno y en el resto de la Legislación Vigente que sea de aplicación y se clasificarán en leves, graves y muy graves.
Artículo 23º Tendrán carácter de leves las faltas que contravengan las normas relativas al desarrollo de las actividades recogidas en el Régimen Interno.
Artículo 24º Se consideran faltas graves:
1 La reiteración en tres ocasiones o más, de cualquier falta leve durante un periodo de tres meses 2 Las faltas de respeto o muestras de trato denigrante sobre cualquiera de los integrantes del Club 3 Cualquier comportamiento llevado a cabo durante el desarrollo de las actividades del Club que se pueda considerar indecoroso o inadecuado para la imagen del mismo 4 Aquellas acciones u omisiones que generen perjuicio o dañen la imagen del Club o de sus patrocinadores o colaboradores.Artículo 25º Se considerarán como faltas muy graves:
1 La reiteración en dos ocasiones o mas de cualquier falta grave durante un periodo de doce meses 2 Cualquier conducta lesiva o delictiva contra el patrimonio del Club o la integridad física de cualquiera de sus miembros 3 El impago de las cuotas, en la cuantía y plazo establecidos en los estatutos.Artículo 26º Sanciones. Se establecen las siguientes sanciones para cada tipo de falta, que serán aplicadas por el Comité de Disciplina, o los responsables de las actividades, en el caso de faltas leves:
1 Faltas leves: la exclusión de la actividad en cuyo transcurso se cometa la infracción 2 Faltas graves: la expulsión temporal del Club durante el periodo de tiempo que estime el Comité de Disciplina, que, en ningún caso será superior a tres meses 3 Faltas muy graves: la expulsión definitiva del Club. DISPOSION FINAL: Este reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por la Asamblea General de socios.Se nombra un VICEPRESIDENTE SEGUNDO, cuyo cargo recae sobre D.-------------------------------------------, quien se encargará del asesoramiento sobre aspectos técnicos del Club D.----------------------ciclista LOS PIFLO de Málaga del cual es Presidente D.-------------------------------------- CERTIFICA
Que en Asamblea General Extraordinaria de Socios celebrada el día 26 de Marzo de 2008, aprobaron por unanimidad el presente REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO En Málaga a 26 de Marzo de 2008 VºBº El Presidente Vº Bº El Secretario